EVITE EL
PAGO YA!

Antes de vender su vivienda DEBE LLAMARNOS ☎ 91 532 59 26 -

Estos son los requisitos necesarios para evitar el pago

  • Fecha de la COMPRA del inmueble*. Debe ser adquirido en años posteriores a 1.997
  • Fecha de la VENTA del inmueble. Sin límite

¿DE QUÉ PLAZO DISPONGO?

-30 días-

-En los casos de transmisiones inter vivos, el plazo para presentar la declaración es de 30 días hábiles a contar desde la fecha de transmisión.

-En los casos de transmisiones por causa de muerte, el plazo será de 6 meses, ampliables 6 meses más a solicitud del interesado.

¿Debo pagar la PLUSVALIA municipal cuando vendo una vivienda?

Los impuestos sobre todo la plusvalía municipal pueden representar una carga económica grande para cualquier familia, sobre todo cuando se trata de impuestos sobre la compraventa de una vivienda en Madrid. La plusvalía municipal puede ser uno de los impuestos más altos que necesites tributar al comprar un piso, por lo que es normal que comiencen las dudas: ¿qué pasa si no pago las plusvalía municipal? ¿puedo simplemente no pagar ese impuesto?

Te presento 2 casos de éxito:

No debes pagar la PLUSVALIA MUNICIPAL cuando:

A.-¿Has vendido un inmueble con pérdida patrimonial?

En Deplusvalia, te evitamos el pago de la plusvalía municipal con 100% de casos de éxito.

B-¿Has obtenido ganancia en la venta?

En Deplusvalia te explicamos exactamente cómo poder evitar el impuesto municipal.

SI HAS VENDIDO PERDIDA PATRIMONIAL... -100% ÉXITO-.

ANULE LAS PLUSVALIAS MUNICIPALES

En mayo de 2017, conocíamos la sentencia del Tribunal Constitucional en la que se declaraba la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4 de la Ley de Haciendas Locales, pero “solo en la medida en que no han previsto excluir del tributo las situaciones inexpresivas de capacidad económica por inexistencia de incrementos de valor”. 

b. El Supremo exime del impuesto de la plusvalía a quien pruebe que vendió su propiedad con pérdidas. 

En esta ansiada resolución, la Sala 3ª del Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto contra una Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón al estimar que éste interpretó de manera correcta el ordenamiento jurídico al considerar que la STC 59/2017, de 11 de mayo, permite no acceder a la rectificación de las autoliquidaciones del IIVTNU y, por tanto, a la devolución de los ingresos efectuados por dicho concepto, en aquellos casos en los que no se acredita por el obligado tributario la inexistencia de incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, supuestos en los que los artículos 107.1 y 107.2 a) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales(TRLHL) resultan constitucionales y, por consiguiente, los ingresos, debidos.

RECUPERE
LA PLUSVALIA MUNICIPAL

CUALES SON LOS REQUISITOS:

  • Fecha de la COMPRA del inmueble*. Debe ser adquirido en años posteriores a 1.997
  • Fecha de la VENTA del inmueble. Sin límite

A.-¿Has vendido un inmueble con pérdida patrimonial?

En Deplusvalia, recuperamos con éxito el importe de la plusvalía municipal con 100% de casos de éxito.

B.-¿Has obtenido con ganancia?

En Deplusvalia, también ganamos este tipo de asuntos y conseguimos recuperar el impuesto de la plusvalía municipal con 100% de casos de éxito.

900 103 249

¿DE QUÉ PLAZO DISPONGO?

hasta 4 AÑOS

En Deplusvalía podemos recuperar el impuesto ya pagado contamos con un plazo de cuatro años desde que terminara el período para autoliquidar la plusvalía municipal y en este caso, habría que recurrir al propio ayuntamiento. Nosotros nos podemos encargar de hacer todo el procedimiento.

LLAMANOS AHORA! >>>>>> T 678 470 724RECUPERA TU DINERO

DEPLUSVALIA

FISCALIDAD INMOBILIARIA

Somos abogados expertos en fiscalidad inmobiliaria.

LLAMA AHORA 900 103 249

Llamada y consulta gratuita.

MADRID-VALENCIA-BARCELONA

ANULAMOS LAS PLUSVALIAS MUNICIPALES

El Tribunal Constitucional ya ha sentado las bases de la jurisprudencia en este tipo de casos, y está devolviendo la cuantía de este tipo de impuestos, en los casos en los que no haya habido incremento de ganancia patrimonial en el valor del suelo, desde la fecha de  la compra del inmueble , hasta la fecha de la venta del mismo , mediante la aportación de una tasación plusvalía municipal de tipo fiscal para Hacienda, y los documentos que acrediten esta pérdida de valor patrimonial : tasaciones inmobiliarias para la reclamación del pago del impuesto de la Plusvalía Municipal , firmada por un tasador inmobiliario (Arquitecto Tasador Inmobiliario o Arquitecto Técnico Tasador inmobiliario)

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