Reclamaciones inmobiliarias

Reclamaciones Inmobiliarias.

Las reclamaciones inmobilarias son una oportunidad de recuperar las entregas de dinero a cuenta en la compra de viviendas que no han sido entregadas en plazo. Son muchas personas las que habiendo entregado dinero a cuenta en la compra de una vivienda, y que lamentablemente no han podido obtener su vivienda entregada por la empresa constructora/promotora.

¿Cómo recuperar el dinero anticipado por la compra de viviendas no entregadas por la empresa promotora?

¿Cómo puedo recuperar las cantidades
anticipadas a cuenta en la compra de mi vivienda?

Las Reclamaciones Inmobiliarias por vía judicial son necesarias ejercitarlas contra el Banco de la promotora inmobiliaria cuando la vivienda no ha sido construida ni entregada.

¿Has comprado una vivienda sobre plano, y la promotora no te la ha entregado en plazo?

Las RECLAMACIONES inmobiliarias judiciales contra el banco por una vivienda o cualquier tipo de inmueble no construido, o bien entregado fuera de plazo ha de contar con todas las garantías -AVALES- de la entidad de crédito (banco de la promotora) pueden ser recuperadas según lo expuesto en la Ley 57/68 sobre el apercibimiento de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas.

¿QUÉ DICE
LA LEY?

RECUPERA TU DINERO

TIENES POSIBILIDADES

La Ley 57/1968, de 27 de julio, reguladora de las percepciones de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas, establece que será obligación de los promotores de viviendas garantiza mediante aval  bancario o seguro las cantidades entregadas a cuenta por los compradores. La ley protege sobre la obligación, irrenunciable para los compradores, de recuperar el dinero entregado a cuenta más sus intereses legales desde que se hicieron los pagos, cuando el promotor no llegue a iniciar las obras a tiempo  o entregue la vivienda tarde.

Además es obligación por imperativo legal de la mencionada ley la reclamación inmobiliaria, que exista una fecha de inicio de obras y de fecha prometida en el propio contrato. Y en el propio contrato se debe indicar su compromiso de asegurar las cantidades entregadas a cuenta mediante aval bancario o seguro para garantizar el posible incumplimiento de la entrega de la vivienda prometida. También se debe incluir de manera obligatoria en el contrato la obligación de devolver el dinero si la vivienda no se entrega a tiempo.

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Recupera el dinero entregado a cuenta en la compra de una vivienda cuando el constructor o promotor incumple. Podrás recuperar el dinero entregado a cuenta más sus intereses legales desde que se hicieron los pagos, cuando el promotor no llegue a iniciar las obras a tiempo  o entregue la vivienda tarde.

TRABAJAMOS -A ÉXITO-

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